El exjuez Baltasar Garzón de la Audiencia Nacional española fue suspendido en 2010 y procesado penalmente y juzgado en 2012 por presunto abuso doloso de poder en dos casos de gran trascendencia política a nivel nacional.
En el primer caso, el señor Garzón asumió competencia para investigar desapariciones forzadas durante la Guerra Civil y la dictadura del General Francisco Franco.
Los jueces deben poder interpretar y aplicar la ley sin temor a ser sancionados. Miembro del Comité de Derechos Humanos de la ONU
A través del segundo caso, denominado Gürtel, procesó un escándalo de corrupción política durante el cual el exjuez decidió monitorear las comunicaciones entre los imputados y sus representantes.
El Sr. Garzón fue absuelto en el proceso de Franco pero fue condenado por abuso doloso de poder en el caso Gürtel e inhabilitado para el cargo por 11 años.
El Comité enfatizó que aun cuando el exjuez hubiera cometido un error judicial en ambos casos, éste debió haber sido subsanado mediante una revisión ante un tribunal superior y no mediante la persecución penal.
Primer fallo en contra de un Estado
En 2016, el Sr. Garzón presentó una denuncia contra España ante la Comité de Derechos Humanos de la ONU – el organismo de expertos independientes encargado de monitorear el cumplimiento de los Estados signatarios con el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.
El ex juez alegó que sufrió múltiples violaciones de derechos humanos durante ambos juicios.
La decisión es la primera vez que el Comité se pronuncia y condena a un Estado por el uso de la ley penal contra un juez en el ejercicio de sus funciones, estableciendo así nueva jurisprudencia.
“Los jueces deben poder interpretar y aplicar la ley sin temor a ser sancionados o juzgados por el contenido de sus decisiones”, concluyó el miembro del Comité José Santos Pais. “Esto es fundamental para preservar la independencia judicial”.
Las decisiones ‘no constituyeron falta grave’
En el proceso franquista, el Comité precisó que las decisiones del señor Garzón “constituían al menos una interpretación jurídica plausible, cuya idoneidad fue revisada en apelación, sin que se concluyera que tales decisiones constituyeron falta o incompetencia que pudiera justificar su incapacidad para el ejercicio de sus funciones”.
Del caso Gürtel, el Comité consideró que “la interpretación del señor Garzón, que fue compartida por otros jueces y el Ministerio Público, si bien, como alega el Estado, fue errónea, no constituyó falta grave o incompetencia que pudiera justificar su condena penal”.
Derecho a un tribunal imparcial ‘violado’
El Sr. País señaló que el derecho a ser juzgado por un tribunal independiente e imparcial cobra especial relevancia en el caso de los jueces, ya que “garantiza que puedan desempeñar sus funciones judiciales sin injerencias u obstáculos indebidos, protegiéndolos contra procedimientos penales o disciplinarios arbitrarios”.
El Comité concluyó que se violó el derecho del señor Garzón a ser juzgado por un tribunal imparcial.
El Comité destacó que algunos de los jueces de la Corte Suprema que lo juzgaron intervinieron en ambos casos, a pesar de la solicitud de recusación del señor Garzón; los ensayos se realizaron simultáneamente; los juicios orales en los dos casos se realizaron con cinco días de diferencia; y las sentencias se emitieron con 18 días de diferencia.
Los miembros también criticaron el hecho de que el señor Garzón no haya tenido acceso a una segunda instancia para apelar, dado que fue juzgado una sola vez por el Tribunal Supremo, el máximo órgano judicial de España.
En el caso Gürtel, el Comité subrayó que la condena por abuso doloso de poder contra Garzón fue “arbitraria e imprevisible” al no estar basada en disposiciones legales suficientemente explícitas, claras y precisas.
El artículo 15 del Pacto establece el principio de legalidad y previsibilidad, es decir, que nadie puede ser condenado por hechos que no fueron previstos suficientemente explícitamente en el momento de su comisión.