Fuentes: US Soccer multa a Orlando por espionaje

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La Federación de Fútbol de EE. UU. multó a Orlando City SC debido a que uno de sus empleados estuvo presente en el entrenamiento de Sacramento Republic antes de la final de la Copa Abierta de EE. UU. entre los dos equipos, dijeron fuentes a ESPN.

Una fuente le dijo a ESPN que la multa, emitida por el panel de adjudicación y disciplina del comité de la Copa Abierta de EE. UU. de la federación, está en las «cuatro cifras bajas».

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Sacramento, quien sufrió una derrota por 3-0 ante Orlando en la final de la Copa Abierta de EE. UU., acusó al miembro del personal de espiar su sesión de entrenamiento que tuvo lugar en Central Winds Park, un parque público en los suburbios de Winter Springs, Florida, el lunes antes del partido y alegó que el miembro del personal se negó a dejar de ver la practique cuando se le pida varias veces que se retire durante un período de 30 a 45 minutos.

El personal de Sacramento incluso llegó a estacionar dos camionetas frente al individuo para ocultar su visión del entrenamiento, según una fuente, solo para que se mudara a otro lugar antes de partir finalmente.

El panel encontró que si bien el miembro del personal estuvo presente en la práctica, no pudo probar que hubo espionaje o recopilación de información, o que el cuerpo técnico de Orlando le había dado instrucciones al individuo para que observara el entrenamiento. El miembro del personal insistió en que estaba allí para encontrarse con un amigo que estaba entrenando en un campo cercano. Aún así, el panel descubrió que la presencia del miembro del personal en la sesión de entrenamiento equivalía a «acciones contrarias al bien del juego», dijo una fuente a ESPN, y se emitió una multa nominal.

La sección 306 del manual de la Copa Abierta de EE. UU. de la USSF establece: «Cualquiera puede presentar una queja ante el Panel sobre una acción o inacción de un equipo, individuo o grupo u organización de la Copa Abierta que participe en la competencia de la Copa Abierta. El Panel determinará si el la conducta denunciada es o sería contraria al bien del juego. El Panel tomará las medidas que considere apropiadas con respecto a cualquier persona involucrada en la denuncia según lo dispuesto en la subsección (c) de esta sección».

El manual agrega: «Excepto anular los resultados de un partido o ordenar la repetición de un partido, el Panel puede tomar cualquier acción que considere apropiada, incluida la suspensión o multa, o ambas, por cualquier asunto que considere bajo esta política. El Panel solo puede considerar obligar a repetir un juego o avanzar a un equipo que perdió si se ha presentado una protesta El Panel puede ejercer su discreción en los casos en que un equipo presente una protesta al Comisionado después de que haya vencido el plazo en caso de que las circunstancias relacionadas con la disponibilidad de información después de la fecha límite justifican esta discreción».

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