Con el tiempo, la ley sobre relaciones domésticas ha tenido una serie de desarrollos desde la forma habitual de ver el matrimonio hasta adoptar los principios del derecho consuetudinario que rigen los matrimonios.
En Uganda, cuando los deberes y responsabilidades legales terminan o se reorganizan en el matrimonio mediante un proceso judicial. El vínculo previamente creado por el matrimonio llega a su fin.
La ley sobre divorcio en Uganda es clara y está incorporada en la Ley de divorcio Cap 249 y otras leyes relacionadas de Uganda elaboradas en virtud de la misma.
Existen varios motivos por los cuales una parte puede solicitar al tribunal de jurisdicción competente que termine el matrimonio por divorcio e incluyen crueldad, abandono, adulterio. Es importante tener en cuenta que estos motivos están disponibles para ambas partes después de la decisión judicial en Asociación de Mujeres Abogadas de Uganda y otros V Fiscal General (Petición Constitucional No.02 de 2003) disponible a través de https://ulii.org/ug/judgment/constitutional-court-uganda/2004/1
Para que uno tenga el adulterio como grupo disponible para ellos, debe haber relaciones sexuales voluntarias entre personas que no estén casadas entre sí, pero que una o más estén casadas en el momento del acto con la tercera persona. La ley en esta área fue discutida por el juez Odoki (como lo era entonces) en el caso más célebre de Verenoica Habyarimana contra Perfect Habyarimana (1980).
Cuando una de las partes se comporta de manera que causa daño a la otra parte o les hace comprender que el daño o daño en la vida de uno se traduce en crueldad y se puede confiar en él para solicitar el divorcio. La negación de los derechos conyugales (relaciones sexuales), las molestias, la agresión, las relaciones sexuales excesivamente exigentes, entre otras, pueden interpretarse como crueles. Ssekandi J en el caso de Gakwanvu contra Mariana Gasenganyire (1977) discutió hábilmente cómo la crueldad debe interpretarse como motivo de divorcio.
Una de las partes puede alegar la deserción como causal de divorcio cuando uno de ellos deja su domicilio conyugal con la intención de no regresar y continúa haciéndolo por un período de 2 años o más. Vale la pena apreciar que la deserción puede ocurrir incluso bajo un mismo techo o habitación. Esta es la posición actual de la ley y es clara en el caso de Rose Katungye contra Salex Katungye (1999).
Antes de que alguien contemple el divorcio, él o ella debe buscar asesoramiento legal profesional, ya que otras formas de terminar las relaciones matrimoniales, como la separación judicial, pueden estar disponibles para ellos.
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