«Rue Saint-Honore in the Afternoon. Effect of Rain, 1897» de Camille Pissarro en el museo Thyssen-Bornemisza de Madrid, España, el 22 de abril de 2022.
susana vera | Reuters
La Corte Suprema de Estados Unidos, en un fallo unánime, resucitó el jueves una demanda por la propiedad de una pintura francesa, ahora en posesión de un museo de renombre en España, que una mujer judía entregó a los nazis en 1939 para que pudiera huir de Alemania.
La sentencia del Tribunal Supremo dio nuevas esperanzas a la familia Cassirer de recuperar el cuadro de Camille Pissarro, titulado «Rue Saint-Honoré en la tarde, efecto de lluvia», que se encuentra en posesión de la Fundación Colección Thyssen-Bornemisza de Madrid.
Durante más de dos décadas, la fundación se ha negado a devolver la pintura, que se cree tiene un valor de decenas de millones de dólares, a los descendientes de Lilly Cassier, quien se vio obligada a entregársela a los nazis a cambio de su libertad.
En la opinión de la Corte Suprema, la jueza Elena Kagan escribió que los tribunales inferiores se habían equivocado al elegir un método federal para determinar qué ley, la ley de propiedad de California o la ley española, se utilizaría para decidir si la fundación era propietaria legal de la pintura.
Sección de la rue Saint-Honoré de Pissarro por la tarde, efecto de la lluvia
Fuente: Corte Suprema
Un juicio anterior en un tribunal de distrito federal en California, que ordenó que se utilizara la ley española en el caso presentado en virtud de la Ley de Inmunidades de Soberanos Extranjeros, resultó en un fallo de que la fundación era el propietario legal.
La disputa sobre la propiedad de la pintura ahora volverá a esa corte de distrito, que la Corte Suprema dijo el jueves que debe usar la regla estatal de California, y no el método federal, para determinar qué ley debe aplicarse en tal disputa.
«El camino de nuestra decisión ha sido tan corto como larga fue la búsqueda de la Rue Saint-Honoré; nuestro fallo es tan simple como el conflicto sobre su legítimo propietario ha sido irritado», escribió Kagan.
«Un estado o instrumento extranjero en una FSIA [Foreign Sovereign Immunities Act] la demanda es responsable tal como lo sería una parte privada… Eso significa que se debe aplicar la regla estándar de elección de ley. En una disputa de derecho de propiedad como esta, esa regla estándar es la del estado del foro (aquí, California), no se deriva del derecho consuetudinario federal”, escribió Kagan.
Pero también señaló que «la pregunta subyacente en este caso, que esta opinión no resolverá, es si la familia Cassirer puede recuperar la pintura».
Uno de los abogados de la familia Cassirer, Scott Gant de la firma Boies Schiller Flexner, dijo que cuando el caso regrese a la corte de distrito con el fallo en la mano, la familia volverá a pedir que se use la ley de California en un segundo juicio.
Gant dijo que hay «una gran diferencia» entre la ley de California y la española sobre la cuestión de si un comprador de una obra de arte robada puede seguir siendo dueño de la propiedad si tiene una base de buena fe para creer que la obra de arte no fue robada, lo cual dijo.
«Según la ley de California, incluso las compras de buena fe de propiedad robada no pueden prevalecer» en una demanda sobre la propiedad, dijo Gant.
«La aplicación de la ley de California marcará la diferencia en el resultado de este caso».
Gant dijo que tenía la esperanza, si no el optimismo, de que la fundación devolviera la pintura sin volver a ir a juicio.
El abogado dijo que la gente debería preguntarle al Reino de España, que creó la fundación: «¿Por qué insiste en mantener la propiedad cuando no hay duda de que los nazis se la robaron a Lilly Cassirer?».
David Cassirer, bisnieto de Lilly Cassirer, posa para una foto afuera de la Corte Suprema en Washington, el martes 18 de enero de 2022.
susana walsh | punto de acceso
La Embajada de España en Washington no respondió de inmediato a una solicitud de comentarios.
El nieto de Lilly, Claude Cassirer, quien fue el demandante original en el caso, murió en 2010.
Su hijo, David Cassirer, lo sucedió como demandante en el caso, al igual que la herencia de la difunta hija de Claude, Ava, quien murió en 2018, y la Federación Judía de San Diego.
“Es un día de suerte, un día feliz y un largo tiempo por venir”, dijo David Cassirer a CNBC en una entrevista telefónica el jueves después del fallo.
«Es muy importante para la familia», dijo Cassirer, residente de Telluride, Colorado, de 67 años.
«La Corte Suprema está enviando un mensaje que creo que se escuchará en todo el mundo: no puedes quedarte con las obras de arte que los nazis robaron a las víctimas del Holocausto».
«Mi padre habría estado encantado» con el fallo», dijo Cassirer. «Siempre pensó que el mejor día de su vida… fue cuando se convirtió en ciudadano estadounidense».
Cassirer criticó a la Fundación Colección Thyssen-Bornemisza por «no hacer lo correcto aquí», diciendo que el museo tenía que haber sabido que los nazis habían saqueado el Pissaro.
Señaló que una etiqueta de la antigua galería de arte de su familia en Berlín todavía está pegada en la parte posterior de la pintura, que se exhibe en el Museo Nacional Thyssen-Bornemisza.
Un abogado de la fundación no respondió de inmediato a una solicitud de comentarios.
Paul Cassirer, cuya familia era propietaria de una importante galería de arte en Berlín y de una editorial, compró la obra de arte impresionista en el centro del caso a un agente de Pissaro en 1900.
Más de dos décadas después, la pintura fue heredada por Lilly Cassirer, la nuera de Bruno Cassirer, primo de Paul y copropietario de la galería de Berlín.
El cuadro colgado en la casa de Lilly Cassirer en Alemania
Fuente: Corte Suprema
«Pero en 1933, los nazis llegaron al poder. Después de años de intensificar la persecución de los judíos alemanes, Lilly decidió en 1939 que tenía que hacer todo lo necesario para escapar del país», escribió Kagan.
«Para obtener una visa de salida a Inglaterra… entregó la pintura a los nazis», escribió Kagan.
Lilly y su esposo Otto eventualmente terminaron en los Estados Unidos al igual que su hijo Claude, luego de ser liberados de un campo de internamiento francés en Marruecos en 1941, según David Cassirer.
Después de que terminó la Segunda Guerra Mundial, la familia Cassirer buscó la pintura pero no pudo encontrarla, a pesar de que estuvo en una colección privada en St. Louis, Missouri, desde 1952 hasta 1976.
«Después de ser legalmente declarada propietaria legítima, Lilly acordó en 1958 aceptar una compensación de la República Federal Alemana: alrededor de $ 250,000 en dólares de hoy», escribió Kagan en esa decisión.
En 1976, la pintura fue comprada por el barón Hans Heinrich Thyssen-Bornemisza, descendiente del fundador de un imperio siderúrgico alemán. El barón la hizo colgar en su residencia de Suiza hasta
principios de la década de 1990, escribió Kagan.
Posteriormente, el barón vendió el cuadro, y gran parte del resto de su colección de arte, a la Fundación Colección Thyssen-Bornemisza, entidad creada por el Reino de España. El reino, que financió la compra de la colección por 300 millones de dólares, cedió a la fundación un palacio en Madrid, que sirvió como museo de la colección.
Claude, cuya abuela Lilly había muerto en 1962, supo en 1999 por un conocido que la Rue Saint-Honoré estaba en un catálogo de los fondos del museo.
Después de que fracasaran otros esfuerzos para recuperar la pintura de la fundación, Claude en 2005 la demandó en un tribunal federal de California, donde vivía en ese momento. Afirmó que era el propietario legítimo de la Rue Saint-Honoré y tenía derecho a su devolución.
La Ley de Inmunidades Soberanas Extranjeras normalmente otorga a los estados extranjeros o sus instrumentos, como la fundación, inmunidad de ser demandados.
Pero los tribunales inferiores de EE. UU. que primero manejaron el caso de Claude permitieron que procediera con el argumento de que «la confiscación nazi de la Rue Saint-Honoré trajo la demanda de Claude contra la Fundación dentro de la excepción de la FSIA por propiedad expropiada», señaló Kagan en el fallo.
Para determinar qué ley de propiedad rige el caso, los tribunales inferiores tuvieron que aplicar lo que se conoce como la regla de elección de ley.
La familia Cassirer quería utilizar la regla de elección de ley de California, pero la fundación abogó por una regla basada en el derecho consuetudinario federal.
El tribunal de distrito optó por la opción federal. Citó un precedente de casos en el Tribunal de Apelaciones del Circuito de EE. UU. para el 9º Circuito, el tribunal de apelaciones que cubre los estados del oeste, incluida California.
El Noveno Circuito fue el único tribunal federal de apelaciones que usó la regla federal de elección de ley para elegir la ley que se aplicaría en los casos de la FSIA relacionados con reclamos no federales, como propiedad, contratos y agravios. Todos los demás tribunales federales de apelaciones «aplican la regla de elección de ley del Estado del foro», señaló Kagan.
Siguiendo la orientación del Noveno Circuito de utilizar el método federal, el tribunal de distrito determinó después del juicio que se aplicaría la ley española en el caso.
Y según la ley española, los tribunales inferiores habían determinado que «la Fundación era la propietaria legítima [of the painting] porque compró la Rue Saint-Honoré sin saber que la pintura fue robada y la retuvo el tiempo suficiente para obtener el título a través de la posesión», señaló Kagan en su fallo.
Kagan escribió que la decisión de usar la opción federal para determinar qué ley se aplicaría en tal demanda fue un error.
Señaló que la Sección 1606 de la FSIA establece que en cualquier demanda en la que un estado extranjero no tenga derecho a la inmunidad en virtud de esa ley, «el estado extranjero será responsable de la misma manera y en la misma medida que un particular en circunstancias similares. «
“Cuando un estado extranjero no es inmune a juicio, está sujeto a las mismas reglas de responsabilidad (las mismas
derecho sustantivo) como parte privada», escribió Kagan.
El fallo del jueves significa que todos los tribunales federales, al considerar demandas similares de la FSIA, deben aplicar la regla de elección de ley para el estado en el que se presentan las demandas.