SINGAPUR: Cuatro operadores de almacenes recibieron cada uno una Decisión de infracción propuesta (PID) para la fijación de precios en Keppel Distripark, dijo la Comisión de Competencia y Consumidores de Singapur (CCCS) el miércoles (16 de marzo).
Las cuatro empresas son CNL Logistic Solutions, Gilmon Transportation & Warehousing, Penanshin (PSA KD) y Mac-Nels (KD) Terminal.
Se habían «participado en una coordinación anticompetitiva para fijar el precio de los servicios de almacenamiento en Keppel Distripark» al imponer lo que denominaron «Recargo FTZ», dijo el organismo de control de la competencia. Esto infringe la Ley de Competencia, agregó CCCS.
Un PID es un aviso por escrito que establece los hechos sobre los cuales CCCS hace su evaluación y las razones para llegar a la decisión propuesta.
Se emite a las partes para ayudarlas a hacer representaciones y proporcionar cualquier otra información en apoyo de sus representaciones para su consideración.
En agosto de 2018, CCCS inició una investigación luego de una denuncia sobre una posible fijación de precios en Keppel Distripark, un complejo de distribución de carga ubicado en Kampong Bahru Road.
Descubrió que en 2017, entre el 15 y el 16 de junio, los representantes de los cuatro operadores se comunicaron entre sí sobre sus respectivos planes para implementar un «Recargo FTZ» con el mismo nombre y precio.
Este se cobraba a sus clientes por la prestación de los servicios de almacenaje de carga de importación.
Al hacerlo, habían sustituido a sabiendas los riesgos de la competencia de precios a favor de la cooperación práctica entre ellos y no determinaron sus precios de forma independiente, dijo el organismo de control de la competencia.
Las investigaciones revelaron que la fijación de precios ocurrió del 15 de junio de 2017 al 19 de noviembre de 2019.
CCCS dijo que considera que el incidente de fijación de precios es perjudicial para la competencia y agregó que las empresas deben determinar de forma independiente sus precios o estrategias de precios, incluso si imponen algún recargo y la cantidad de dicho recargo.
Los operadores, incluidos aquellos que solicitaron un trato indulgente en el marco del Programa de clemencia de CCCS, tienen seis semanas a partir de la recepción de la decisión para hacer gestiones ante el organismo de control de la competencia.
«CCCS considerará cuidadosamente las representaciones, así como toda la información y evidencia disponible, antes de tomar su decisión», dijo.
El Programa de clemencia de CCCS brinda un trato indulgente a las empresas que forman parte de un acuerdo de cártel o práctica concertada (o asociaciones comerciales que participan o facilitan cárteles), cuando se presentan ante CCCS con información sobre sus actividades de cártel.
Se incentiva a estas empresas para que se presenten e informen a la CCCS sobre las actividades del cártel; según el organismo de control de la competencia, esto supera los objetivos políticos de imponer sanciones financieras a los participantes del cártel.
Cuando sean elegibles para un trato indulgente, a las empresas se les puede otorgar inmunidad total o una reducción de hasta el 100 por ciento o el 50 por ciento en el nivel de sanciones financieras, dependiendo de si CCCS ya ha iniciado una investigación y el momento de la indulgencia. solicitud.